
¿Cuántas veces os habéis topado con esos extensos términos de servicio que aceptáis sin leer una sola palabra? Venga, sed sinceros, todos lo hacemos. Pues más de un estadounidense se ha llevado una desagradable sorpresa al enterarse de lo que firmaba. Nos referimos a las nuevas condiciones de PlayStation Network, que piden ser aprobadas por el usuarios tras la pertinente actualización del sistema.
Una Sony hastiada por la cantidad de envites legales recibidos, ha camuflado astutamente la cláusula que le permitiría ahorrarse más de un quebradero de cabeza: todo aquel que la acepte, consiente perder su derecho a la demanda. Esto es, no podrá llevar a Sony a los tribunales a no ser que se trate de una causa menor.
Cualquier asunto de gravedad deberá pasar por las manos de un mediador imparcial, ajeno al usuario o la propia Sony, que dictamine la resolución del conflicto. ¡A ver quién es capaz de asegurar la imparcialidad en los tiempos que corren!
Y esto no es todo, la sección 15 del documento digital, impide además cualquier demanda colectiva (como las muchas que se forjaron tras la brecha de PSN) si esta se articula después del 20 de agosto de 2011. Toda acusación deberá presentarse a título individual.
Sí, por supuesto, hay una manera de librarse de las implicaciones que estas cláusulas atesoran y es enviando un documento escrito a la dirección indicada, siempre en un plazo no superior a 30 días desde la mentada actualización, algo que muchos ignorarán por haber obviado la parrafada.
¿Es legar que una compañía determine qué causas contra la misma han de llevarse a juicio y cuáles no? Diría que no, por eso mismo no creemos que la sección 15 permanezca mucho tiempo entre nosotros, ni mucho menos que contamine los términos y condiciones del resto de América o Europa. En cualquier caso, sírvanos de lección: leed siempre la letra pequeña.
Por José Carlos Castillo
Fuente: Sony te PROHIBE que la demandes
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